pliego de condiciones y contrato de concesión

El contrato de concesión regula el cultivo de la vainilla en el sotobosque de los bosques públicos de Reunión. En particular, prohíbe cualquier tala de especies autóctonas y sólo autoriza la eliminación de especies exóticas invasoras. Además, en la Reserva Biológica, se ha dado un pliego de condiciones específico a los concesionarios para que contribuyan a la conservación de la biodiversidad. Se reunió a todos los concesionarios de Vanille (sobre el terreno) para recordarles lo que está en juego en la reserva, su importante papel y la necesidad de que preserven las especies autóctonas (ya sean especies leñosas, helechos u orquídeas, en el suelo o epífitas en los árboles). Se les impartió una formación de un día sobre el reconocimiento de las especies autóctonas y exóticas presentes en la RB y, más concretamente, en sus concesiones (que, en general, ya conocían muy bien, al haber trabajado en este tipo de bosque durante muchos años).

El contrato y la delimitación precisa de la concesión son esenciales para enmarcar la actividad y para el control posterior.

El contrato de concesión de la Vainilla es otorgado por la ONF por un periodo de 9 años, renovable si se han respetado los términos del contrato.

Puede rescindirse en caso de incumplimiento (tras varias advertencias del agente de la ONF).

NB: Hasta ahora, la ONF ha podido confiar en la seriedad y el compromiso de los concesionarios presentes en la reserva biológica.

Es importante formalizar por escrito lo que se autoriza y lo que no.

Los límites de las concesiones deben ser claros y estar bien marcados.

El formalismo no impide el diálogo directo con los concesionarios: al contrario, es esencial fomentarlo.